01 enero 2007

MUY IMPORTANTE, NUEVA NOMENCLATURA DE LOS VINOS DE ESPAÑA

Dentro de muy pocos meses, en abril de 2007 o antes, los consumidores de Europa, Estados Unidos, quizás Asia, y a la larga también los españoles, encontrarán un nuevo origen en las etiquetas de vino: Vino de la Tierra Viñedos de España. Pero, ¿qué quiere decir esto exactamente? Y, más aún, ¿por qué este nombre no gusta a muchos?
Vino de mesa.
El escalón más bajo. No puede indicar ni el año ni la variedad en la etiqueta.
VT Viñedos de España
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Se crea con la Orden APA/2535/2006. Es un “vino de la tierra” con un extensísimo territorio vinícola (no es extraño que se hable de “macrodenominación”). Depende del Ministerio de Agricultura en función de la competencia que le atribuye la Ley del Vino de 2003 para regular indicaciones geográficas cuyo tamaño sobrepase el ámbito territorial de una comunidad autónoma. Aunque nos da algo de pudor expresarlo en estos términos, en el fondo es un “apaño legal” que recoge la eterna reivindicación de los vinos de mesa de poder indicar la variedad y la añada en la etiqueta.
Vino de la Tierra.
Se designan legalmente como “vinos de mesa con derecho a la indicación tradicional vino de la tierra”, dependientes de sus respectivas Comunidades Autónomas a menos que sus zonas de producción sobrepasen el ámbito territorial de una comunidad autónoma. Se elaboran en un territorio vitícola perfectamente delimitado por su peculiaridad climática y de cultivo y llevan una indicación geográfica. Se regula las variedades, tipo de vinos, grado alcohólico mínimo y una apreciación o indicación de las características organolépticas. Ejemplos: VT Castilla, VT Cádiz, VT Extremadura, VT Illes Balears...
La mayoría de vinos de alta calidad nacidos en ámbitos geográficos no amparados por una DO han acabado utilizando este paraguas de vino de la tierra, aunque para los que cumplan los requisitos necesarios el objetivo final es conseguir la denominación de origen de pago.
Vino de calidad.
Se crea con la Ley del Vino de 2003. Están en el escalón superior de VCPRD (vino de calidad producido en región determinada), lo que les permite utilizar las indicaciones crianza, reserva y gran reserva vetadas a los anteriores, pero sin gozar del prestigio que alcanza una denominación de origen. En la práctica viene a ser un paso intermedio entre el vino de la tierra y la denominación de origen, ya que, desde 2003, para que un vino alcance la DO se le obliga a pasar un mínimo de cinco años en esta categoría. Los vinos que encajan en este apartado se comercializaban hace unos años como vinos de la tierra. Ejemplos: VC de Arribes, VC Valles de Benavente, VC Tierra del Vino de Zamora, VC Arlanza, VC Tierra de León.
Denominación de origen.
Además de elaborar sus vinos con uvas procedentes de un territorio delimitado, la ley dice que “deben disfrutar de un elevado prestigio en el tráfico comercial en atención a su origen” y que “su calidad y características se deban fundamental o exclusivamente al medio geográfico que incluye los factores naturales y humanos”. En realidad, es la indicación más asentada en la mente del consumidor y en España tenemos más de 60 denominaciones: Ribera del Duero, Rueda, Rías Baixas, Utiel-Requena, Alella, Penedès...
Denominación de origen calificada.
Un escalón más arriba que la DO reservado a aquellas zonas que hayan sido DO durante al menos 10 años, cuya producción se comercialice embotellada en su totalidad y que cumplan con unos determinados requisitos de control de calidad. De momento sólo existen dos en España: D.O.Ca. Rioja y D.O.Q. Priorat.
D.O. Vino de pago.
Aparece por primera vez en la Ley del Vino de 2003. Reconoce vinos con rasgos y cualidades singulares y cierta tradición procedentes de un paraje con características que le distinguen de forma especial. La extensión máxima del paraje la limita cada Comunidad Autónoma y, por supuesto, toda la uva debe proceder de él. Los requisitos de calidad son los mismos que para las denominaciones de origen calificada. Hasta la fecha sólo se han concedido estas indicaciones en Castilla La Mancha. Son las siguientes: Dehesa del Carrizal, Domino de Valdepusa, Finca Élez y Pago del Guijoso.

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